BASES LEGALES SORTEO “TAKEAWAY COCA-COLA”

Goiko Gourmet S.L. de C.I.F. B-86.590.841, con domicilio fiscal en calle Maestro Ángel Llorca, 6, planta 5, C.P. 28003 en adelante GOIKO. Ofrece a sus clientes el sorteo “TAKEAWAY COCA-COLA”, bajo las siguientes descripciones y condiciones.

PRIMERO. Objetivo.

GOIKO sorteará UN (1) código válido por CINCUENTA Y DOS (52) hamburguesas + CINCUENTA Y DOS (52) Coca-Colas en cualquiera de las presentaciones disponibles en GOIKO, relativas a las 52 semanas del año. Esta promoción estará sujeta a las condiciones abajo expuestas.

SEGUNDO. Restaurantes y Plazos.

Para participar, el cliente deberá realizar UN (1) pedido de TAKEAWAY en la página web de GOIKO por un consumo mínimo de UNA (1) Burger + 1 Coca-Cola en cualquiera de las presentaciones ofrecidas por GOIKO desde el 19 de julio de 2024 hasta el 18 de agosto de 2024 en los horarios de servicio de los restaurantes GOIKO.

TERCERO. Descripción y condiciones del premio.

-GOIKO sorteará un código válido por CINCUENTA Y DOS (52) hamburguesas + CINCUENTA Y DOS (52) Coca-Colas en cualquiera de las presentaciones disponibles en GOIKO, relativas a las semanas del año.

-Para participar en el sorteo, El cliente deberá realizar un pedido de TAKEAWAY en la página web de GOIKO.

-El pedido, deberá contener como mínimo UNA (1) hamburguesas (normal o smash) más UNA (1) Coca-Cola en cualquiera de las presentaciones ofrecidas por GOIKO al momento de realizar el pedido.

-Se excluye de este sorteo la compra de la hamburguesa GOIKO KIDS cuya compra NO será válida para participar.

-Las participaciones serán relativas a cada pedido, es decir, no están sujetas a la cantidad de productos en un mismo pedido, esto es, si en un ticket hay TRES (3) hamburguesas + TRES (3) Coca-Colas, se contará como UNA (1) participación.

-El período para el canje del premio será desde el 1 de septiembre de 2024 hasta el 01 de septiembre de 2025 (ambos inclusive).

-El canje del premio será semanal durante el año o de la forma en que el ganador desee hacerlo.

-El canje del código podrá ser aplicado únicamente en los restaurantes GOIKO ubicados en la península española, excluyendo así Canarias, Baleares, Andorra y Francia.

-El canje será válido únicamente para consumos dentro de los restaurantes, pedidos TAKEAWAY realizados en los restaurantes GOIKO, pedidos de Delivery propio. NO es válido el canje en pedidos de plataformas externas.

-El canje NO será válido con las siguientes promociones:
o Menú del Día.
o Neighbor.
o Colectivos.
o Ninguna otra promoción que incluya algún porcentaje o producto de descuento.

-En el supuesto de que el cliente añada cualquier extra a la hamburguesa o quiera añadir a su pedido algún otro producto no vinculado al premio, deberá cubrir el precio correspondiente.

-El canje sólo será válido para las hamburguesas que estén en la carta de GOIKO, no podrá ser canjeado por otros productos.

-No podrán participar personas jurídicas, trabajadores de GOIKO o cualquiera de sus sociedades, ni tampoco trabajadores de Coca-Cola o cualquiera de sus sociedades.

-El premio no podrá ser canjeado por dinero.

-La elección del ganador se realizará mediante un sorteo aleatorio con el Contact ID/Email a través del método hhttp://pd.sample (frac=1) del módulo Pandas de Python.

CUARTO. Descalificación de un participante del Sorteo.

Este sorteo se organiza con la pretensión de incentivar y fomentar la participación de todos los concursantes en condiciones de igualdad y con estricto respeto al principio general de la buena fe. Por ese motivo, Goiko excluirá automática e inmediatamente del mismo a cualquier participante que transgreda las normas de buena fe, observe una conducta mendaz, inadecuada, falaz o impropia, emplee medios desproporcionados, fraudulentos o abusivos, o incumpla estas bases en cualquiera de sus extremos.

En cualquier caso, con carácter enunciativo, pero no limitativo, y en aquello que resulte de aplicación, se excluirá a cualquier participante del sorteo en los siguientes casos:

  1. Empleo de vías, sistemas o dispositivos para alterar el sistema de votaciones, como el registro de consumos no correspondientes al cliente. La mera sospecha de que un participante está utilizando cualquier sistema automatizado para la introducción masiva o repetitiva de los datos o códigos necesarios para participar en el sorteo, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.
  2. Introducción de datos personales inexactos, erróneos, no coincidentes o falsos. La constatación de que un participante ha introducido datos personales inexactos, alterados o falsos, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones en el Concurso, y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.
  3. De igual modo, cualquier anomalía atribuible a un participante que impida, altere o perturbe el normal desarrollo del sorteo, que afecte o perjudique a cualquier otro participante, que pueda falsear los datos de participación, comprometa la seguridad o la fiabilidad de los sistemas técnicos utilizados para su desarrollo, o que contravenga, de algún otro modo las presentes bases, dará derecho a Goiko a excluir unilateral e inmediatamente a dicho participante y a dar cuenta de los hechos a las autoridades competentes. En caso de que cualquiera de las anteriores irregularidades, o cualesquiera otras, se detecten con posterioridad a la entrega efectiva de alguno de los premios, Goiko se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales pertinentes contra su autor o responsable, entre otras, las tendentes a la devolución del premio.

QUINTO. Aceptación de las Bases y Responsabilidad.

  1. El mero hecho de participar en el sorteo implica la aceptación íntegra de las presentes bases.
  2. Goiko se reserva el derecho de excluir de la participación en el sorteo a todos aquellos participantes que, estime, están incumpliendo cualquier condición de participación incluida en las presentes bases. La exclusión de un participante, cualquiera que sea la causa, conlleva la pérdida de todos los derechos derivados de su condición como tal.
  3. Cualquier utilización abusiva o fraudulenta de estas bases dará lugar a la consiguiente descalificación del participante en el sorteo.
  4. Goiko queda eximido de cualquier responsabilidad en el supuesto de existir algún error en los datos facilitados en su caso por los propios agraciados que impidiera su identificación.

Goiko en ningún caso será responsable por los daños y perjuicios directa o indirectamente resultantes de cualquier fallo, problema, acción u omisión por parte de terceros ajenos a Goiko, como por ejemplo y sin limitación, ataques informáticos, huelgas, cualquier tipo de revuelta civil o amenaza, incendios, inundaciones, pandemias, terremotos o desastres naturales, etcétera. Goiko en ningún caso será responsable por cualquier daño causado directa o indirectamente por cualquier acción, omisión o negligencia imputable a los participantes y/o ganadores.

SEXTO. ENTREGA DEL PREMIO.

GOIKO contactará con el ganador durante la semana número TREINTA Y SEIS (36) del 2024, para establecer la forma de entrega del premio, este contacto se hará a través de correo electrónico a los datos que el cliente ha dispuesto en su pedido. GOIKO intentará contactar con el ganador en DOS (2) oportunidades.

El ganador dispondrá hasta el 04 de septiembre de 2024 para responder la aceptación del premio por cualquiera de las vías de contacto generadas por GOIKO. En el caso de que GOIKO mediante los mencionados intentos de contacto, no pudiere comunicarse con algún ganador, podrá asignar hasta 10 suplentes para el premio repitiendo las condiciones de contacto antes mencionadas hasta que uno de los suplentes acepte el premio. De no ser así, GOIKO podrá declarar el premio como desierto y disponer de este reservándose los criterios.

SÉPTIMO. Modificaciones

Goiko se reserva el derecho a realizar modificaciones o añadir anexos sobre las presentes Bases, siempre que las mismas estén justificadas o no perjudiquen a los involucrados.

Quedan excluidos los trabajadores de Goiko, así como cualquier empresa del grupo. Tampoco trabajadores de Coca-Cola o cualquiera de sus sociedades.

OCTAVO. Tratamiento de datos de carácter personal.

En caso de que sean necesarios los datos personales de los participantes del evento, estos serán tratados de acuerdo con las condiciones establecidas a continuación en el siguiente enlace: https://www.goiko.com/politica_de_proteccion_de_datos/

NOVENO. Legislación aplicable y fuero competente.

Este evento se rige por la legislación vigente en España y por las presentes Bases. Serán competentes para resolver cualquier reclamación o controversia que pudiera plantearse en relación con la validez, interpretación o cumplimiento de estas Bases los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid.